Video vigilancia en los mataderos españoles

Este martes se publicó el Real Decreto por el que se establecen medidas para el control del bienestar de los animales en los mataderos mediante la instalación de sistemas de video vigilancia, que no entrará en vigor hasta dentro de un año, salvo para los pequeños mataderos que se establece en dos años.

Así, España se convierte en el primer país de la Unión Europea en establecer esta medida, dirigida a  establecer, con carácter básico, los requisitos para la instalación y funcionamiento de un Sistema de Video vigilancia del Bienestar de los Animales en los mataderos del territorio español, para la realización de controles relativos a la normativa sobre bienestar de los animales, a fin de garantizar su cumplimiento por los operadores de los mataderos y su personal, respetando en todo momento la intimidad de las personas trabajadoras, regulando cuanto incumbe a los requisitos y condiciones que ha de cumplir dicho sistema así como cuantas medidas se consideran precisas para garantizar los derechos de las personas trabajadoras que puedan resultar afectadas por su instalación, en el marco de las disposiciones de la Unión Europea y nacionales que resultan aplicables.

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