Real Decreto 171/2007, de 9 de febrero, por el que se regula la publicidad de los protocolos familiares.
El RD 171/2007 define el Protocolo Familiar como “aquel conjunto de pactos suscritos por los socios entre sí o con terceros con los que guardan vínculos familiares que afectan una sociedad no cotizada, en la que tengan un interés común en orden a lograr un modelo de comunicación y consenso en la toma de decisiones para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa que afectan a la entidad“.
No obstante, esta definición queda lejos de ser las más completa en la práctica, al no recoger la tipología completa de los protocolos que pueden encontrarse en la actualidad.
En nuestro despacho, muchos de nuestro clientes, son empresas familiares que buscan una garantía – y esta es la verdadera esencia – a la hora de implementar la sucesión familiar para dotar de seguridad las relaciones entre la familia y la empresa.
Asimismo, en nuestra Comunidad Autónoma se destinan ayudas para la puesta en marcha de un programa dirigido a favorecer la continuidad de las pymes, a través de la planificación del relevo empresarial, mediante la elaboración de protocolos de empresa familiar y de un plan de continuidad, lo que favorece la inserción de este ritual y una disminución cuantitativa de nuestros servicios.
Por ello, en Servicios Jurídicos Aullol ponemos a su disposición a un grupo de profesionales que le guiará en desarrollo eficaz del plan sucesorio de su empresa familiar. Si necesitas más información, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de este enlace.