La reciente Sentencia STSJ de Madrid, Sala de lo Social, de 22 de junio de 2022, rec. núm. 370/2022 ha puesto sobre la mesa como causa de despido disciplinario al trabajador la ingesta de alcohol en periodo de baja por IT.
El trabajador que permanecía en baja médica por padecer un trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo, tenía pautada una medicación contraindicada con el consumo de alcohol. Se constata en la vista mediante informes de un detective privado, ratificados y adverados en sede judicial, sobre el consumo de alcohol del trabajador mientras permanece en baja por IT por dicha patología.
La referida Sentencia nos aclara que para que opere la causa de despido aludida no se requiere que en IT se desempeñen trabajos necesariamente remunerados, sino cualquier actividad contraindicada para la situación clínica incapacitante, debiéndose de individualizar cada supuesto con el fin de averiguar la relevancia de la imputada apariencia fraudulenta. La cuestión es si la ingesta de estas bebidas compromete la duración. Valora la magistrada que estando en tratamiento con antidepresivos y benzodiacepinas, que tienen expresamente prohibida la ingesta de alcohol por producir efectos secundarios graves y provocar retraso en la recuperación, es causa de despido procedente.
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